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SAT estrena nueva plataforma a partir de agosto

Lo anterior con el fin de que la autoridad pueda tener el control adecuado del impuesto al valor agregado (IVA), y evitar que haya inconsistencias fiscales a causa de errores.

A partir del 1 de agosto del 2025 la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros conocida como DIOT sólo se podrá presentar a través de la plataforma digital que creó el fisco específicamente para el cumplimiento de esta obligación.

Desde febrero pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes esta nueva herramienta.

En México las personas físicas y empresas que lleven a cabo operaciones con terceros, están obligadas a presentar la DIOT.

Lo anterior con el fin de que la autoridad pueda tener el control adecuado del impuesto al valor agregado (IVA), y evitar que haya inconsistencias fiscales a causa de errores.

Es decir, la declaración informativa por la cual los causantes reportan la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.

Se presenta ante el SAT de forma mensual, o semestral en el caso de las empresas que obtienen ingresos por realizar actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca.

Para hacer uso de esta herramienta es necesario contar con Contraseña o e.firma en caso de personas morales.

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Ventajas y beneficios de la plataforma del SAT

Entre las ventajas y beneficios que representa contar con esta plataforma es que se pueden enviar más de 40 mil registros sin necesidad de acudir a una oficina del SAT.

La entrega del acuse de recibo de la declaración es de forma automática. Tiene la posibilidad de una carga masiva (carga batch) de forma automática por medio de un archivo en formato .txt con la información del IVA de los proveedores.

También que se puede hacer la captura manual de hasta 30 registros, lo que resulta ser funcional para aquellos contribuyentes que realizan un menor número de operaciones, o bien, para quienes ya realizaron una carga batch y necesitan agregar nuevos registros.

Está disponible para las declaraciones del ejercicio 2025, así como para las extemporáneas de ejercicios 2024 y anteriores.

Al ingresar al portal del SAT los contribuyentes pueden consultar las guías de llenado correspondientes.
En el caso de requerir la reimpresión de acuses de declaraciones de ejercicios 2024 y anteriores presentadas en el esquema anterior, se puede acceder al siguiente enlace:

https://www.acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm.

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